Mi opinión respecto del protocolo IVE.
- Gregorio Rodríguez
- 19 dic 2020
- 5 Min. de lectura

Estamos a pocos días de que el Senado discuta el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo (IVE), ley que ya se discutió en el año 2018 y que terminó siendo rechazada por esta Cámara.
La historia parece estar repitiéndose: se aprueba en la Cámara de Diputados, las expectativas aumentan a niveles gigantes, pero llega el momento complicado en la Cámara de Senadores.

Ante esto, considero este un momento oportuno para poder brindar mi opinión sobre el tema, que se encuentra muy al centro de la discusión.
Perspectiva personal.
Mi posición personal es de total e incondicional respeto por la vida del ser humano desde el momento de la concepción hasta el deceso de tal. Tal y como dice el Código Civil y Comercial en el artículo 19 [1]:
Comienzo de la existencia. La existencia de la persona humana comienza con la concepción.
O como sugiere la Declaración de los Derechos del Niño en su preámbulo [2]:
Considerando que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.
Asimismo, como sugiere la Convención sobre los Derechos del Niño, creo en la vida digna en condiciones armoniosas para su desarrollo [3]:
Reconociendo que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
Perspectiva ajena a mí.
Como dije anteriormente, creo que el niño debe desarrollarse en un ambiente familiar, repleto de felicidad y comprensión, cómodo para él y para su desarrollo integral. Ahora bien, cuando una madre es forzada a parir, contrario a su voluntad, es evidente que ese ambiente de felicidad estará instantáneamente roto y ese niño no podrá tener una vida sana dado que en el ambiente en el que se lo cría no es amigable con él.
También sostengo que, en casos como el protocolo IVE, se le debe dar prioridad a la vida de la madre por su mayor nivel de desarrollo, ya que, como dice la CIDH, “es posible concluir de las palabras ‘en general’ que la protección del derecho a la vida con arreglo a dicha disposición no es absoluta, sino es gradual e incremental según su desarrollo, debido a que no constituye un deber absoluto e incondicional, sino que implica entender la procedencia de excepciones a la regla general” [4].
En caso de que la madre sea adolescente -se estima que 100.000 niños son hijos de madres adolescentes [5]-, coincido con el Comité de los Derechos del Niño en que el Estado argentino debe garantizar “el acceso a servicios de aborto seguro y atención postaborto para adolescentes” [6].
Demás está decir que estoy totalmente a favor del aborto en caso de que el embarazo suponga un riesgo de muerte para la madre o sea fruto de una violación, esa discusión está saldada desde 2012, cuando la CSJN falló con el caso FAL [7].
Pero ojo, en todos los casos creo que el aborto debe ser la última salida, en caso de que todos los anteriores métodos fallen. Previo al aborto, creo en la atención psicológica necesaria a la madre para que vea como una opción indispensable.
Evidencia empírica.
Pasamos a otro foco de discusión, y son los efectos del aborto legalizado. Vamos a dividir este punto en secciones: cantidad de abortos, mortalidad materna y nivel de desarrollo de los países en donde el aborto es legal.
Cantidad de abortos.
Empecemos con Argentina, y es que el número de abortos clandestinos asciende a, según el Dr. Elard Koch, 47.636 [8]. Contrario al caso de Uruguay, en donde se estimaba, en el período de 1995 a 2002, unos 33.000 abortos ilegales por año de promedio y, tras la entrada en vigor de la ley en 2012-2013, se registraron 6.676 casos [9].
A nivel global, un estudio de la revista médica, The Lancet, concluyó que la tasa de abortos disminuyó entre 1990 y 2014 en los países desarrollados, donde hay una mayor proporción de mujeres que acceden a abortos legales y seguros, mientras que se mantuvo estable en los países en desarrollo, donde suele haber leyes más restrictivas [10].

El estado legal del aborto, mundialmente hablando [11].
Mortalidad materna.
La OMS señala: “Hacer legal, seguro y accesible el aborto no aumenta de manera apreciable la demanda. En cambio, el efecto principal es pasar de abortos clandestinos, inseguros, a procedimientos seguros y legales” [12], y esto es empíricamente correcto:
En Uruguay, el aborto es legal desde 2012 y el país ocupa el lugar de menor tasa de mortalidad materna de América Latina [13] (y, en contraste con esto, este país obtuvo reconocimientos de la OPS por su reducción de la mortalidad infantil [14]). En el país limítrofe los abortos eran responsables del 37% de las muertes maternas durante el quinquenio 2001-2005 y cayeron hasta representar alrededor de 8% entre 2011 y 2015 [15].
En Rumania, tras reformas legales que aumentaron la permisividad del aborto, la tasa de mortalidad materna por aborto se redujo [16].
Nivel de desarrollo de los países en donde el aborto es legal.
Si tomamos los países de altos ingresos, según el Banco Mundial [17 I], y los de mayor desarrollo humano, de acuerdo con el informe elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo [17 II], se puede ver que la mayoría (34 de 54 países) permite el acceso al aborto “sin restricciones en cuanto a la razón” o con un sistema de causales amplio que incluye razones socioeconómicas [17 III].
Conclusión final:
Creo en que el aborto debe ser una alternativa final, pero garantizada por el Estado a fin de prevenir cosas en la clandestinidad, como el síndrome de Mondor o la coagulopatía por consumo. Antes, se debe atender psicológicamente de forma pertinente a la madre.
Es una manera de garantizarle la vida a la madre. Eso me parece que prima sobre nuestro corazón cristiano.
REFERENCIAS:
[1] InfoLEG. Código Civil y Comercial, Libro Primero - Título I - Artículo 19.
[2] Declaración de los Derechos del Niño, recuperado de la OEA.
[3] Convención sobre los Derechos del Niño, ONU.
[4] CIDH. Caso Artavia Murillo y otros (Fertilización In Vitro) Vs. Costa Rica.
[5] OSSyR - Brizuela, Vanessa. Abalos, Edgardo. Ramos, Silvina. Romero, Mariana - El embarazo en la adolescencia.
[6] Committee on the Rights of the Child. Concluding observations on the combined fifth and sixth periodic reports of Argentina.
[7] Centro de Información Judicial, "La Corte Suprema precisó el alcance del aborto no punible y dijo que estos casos no deben ser judicializados."
[8] UCA - Laferriere, Nicolás. Reseña de la exposición del Dr. Elard Koch en el Congreso Nacional sobre aborto y mortalidad materna.
[9] Uruguay Presidencia, "Casos de interrupción voluntaria del embarazo disminuyeron tras implementación de la Ley."
[10] The Lancet, "Abortion incidence between 1990 and 2014: global, regional, and subregional levels and trends."
[11] Center for Reproductive Rigths. The World's Abortion Laws.
[12] World Health Organization. Unsafe abortion: the preventable pandemic.
[13] OPS, "Uruguay tiene la tasa de mortalidad materna más baja de América Latina."
[14] OPS/OMS, "OPS/OMS felicita a Uruguay por los logros en la reducción de la mortalidad infantil."
[15] International Journal of Gynecology & Obstetrics, "Overall and abortion‐related maternal mortality rates in Uruguay over the past 25 years and their association with policies and actions aimed at protecting women's rights."
[16] US National Library of Medicine National Institutes of Health. Commentary: the public health consequences of restricted induced abortion--lessons from Romania.
[17 I] The World Bank. World Bank Country and Lending Groups.
[17 II] PNUD. Informe sobre Desarrollo Humano 2016.
[17 III] Chequeado. Países según desarrollo y leyes de aborto.
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